"La Corte Constitucional declaró inexequible por vicios de trámite el Acto Legislativo 2 del 2012 que reformaba los artículos 116, 152 y 221 de la Constitución Política, sobre el fuero penal militar.
En lectura de un comunicado de prensa, el presidente de alto tribunal, Jorge Iván Palacio, señaló que esa corporación constató que la
Comisión Primera de la Cámara de Representantes sesionó irregularmente
durante el quinto debate del proceso de formación de la reforma
constitucional, afectando de manera grave principios sustanciales del procedimiento de enmienda constitucional.
La
simultaneidad con la que se desarrollaron las sesiones de esa célula
legislativa y de la plenaria de la Cámara afectaron las condiciones bajo
las cuales se llevó a cabo la deliberación democrática, agregó el
magistrado.
Con ello, se desconocieron no solo los artículos 83, 91 y 93 del reglamento del Congreso,
sino los principios constitucionales de participación de las minorías,
pluralismo y, en general, la calidad del debate parlamentario.
La
gravedad de este desconocimiento, anotó Palacio, obedece a que las
reformas constitucionales revisten mayor importancia que las que tienen
otros trámites que se cumplen ante el legislativo, “por cuanto en esta
están de por medio asuntos particularmente sensibles para la vida
institucional del país”.
Teniendo
en cuenta la calidad de los vicios identificados y el momento en el que
se configuraron, la Corte consideró que el proyecto no podía ser
devuelto al Congreso para que fuera saneado, y declaró su inexequibilidad, concluyó el presidente del alto tribunal.
Los magistrados Mauricio González, Luis Guillermo Guerrero, Jorge Ignacio Pretelt y Alberto Rojas salvaron voto. Por su parte, María Victoria Calle y Jorge Iván Palacio se reservaron la posibilidad de aclarar su voto.
Reacción
Al conocerse la decisión de la Corte, el ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, anunció que radicará,
con mensaje de urgencia, un proyecto de ley para crear y organizar el
fondo de defensa para los miembros de las Fuerzas Armadas involucrados
en investigaciones por actos del servicio, así como el sistema de defensa técnica y especializada.
Cabe
recordar que el pasado mes de junio fue aprobado el texto conciliado de
la Ley Estatutaria 211/13S- 268/1C, que desarrollaba esta reforma, la
cual también es objeto de estudio por parte de la Corte Constitucional.
La demanda
Según
la demanda presentada el pasado 19 de febrero, el vicio insubsanable
que afectó la reforma constitucional al fuero penal militar consistió en
la coincidencia entre las sesiones de Comisión y Plenaria de la Cámara
de Representantes, realizada el 26 de septiembre del 2012.
La
principal razón en la que se sustenta este cargo de
inconstitucionalidad es que, al no haberse completado en su integridad
el primer debate en segunda vuelta, el acto legislativo carece de los ocho debates constitucionalmente exigidos por el artículo 375 de la Constitución.
Según
el reglamento interno del Congreso (Ley 5 del 1992), las sesiones de
las comisiones deben realizarse en horas distintas de las plenarias de
la respectiva cámara. De hecho, la misma ley prohíbe las sesiones
simultáneas de comisiones y plenarias, resaltaron los actores.
(Corte Constitucional, Noticia, Sent. C-743, oct. 23/13, M. P. Nilson Pinlla)"
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