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martes, 22 de octubre de 2013
Establecen límites para remplazar medicamentos recetados en presentación comercial por genéricos
La Corte Constitucional precisó que la posibilidad de que las EPS remplacen por presentaciones genéricas los medicamentos que fueron proscritos en presentación comercial va sujeta a que no surtan efectos adversos en el paciente y que tengan una justificación científica. Agregó que el médico tratante es el único autorizado para determinar cuál es el procedimiento o servicios de salud adecuados. Con estos argumentos, determinó que la decisión de una EPS de remplazar el medicamento ordenado a una paciente que padece lupus carecía de sustento científico; por lo tanto, ordenó suministrarle la droga inicialmente recetada por el médico tratante (M. P. Alberto Rojas).
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