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jueves, 31 de octubre de 2013
Preguntas que arruinan su entrevista de trabajo
Como existen cosas que se deben preguntar a la hora de una entrevista de trabajo, hay otras preguntas que no se deben realizar bajo ningún concepto, a no ser que queramos perder la vacante.
Sueldos:
Preguntar cuánto vamos a devengar es algo que no se recomienda, pues se puede correr el riesgo de demostrar que sólo nos importa la remuneración que podamos recibir. Además se puede tener una aproximación a este dato, consultando el promedio de sueldos del sector o igual se conocerá antes de finalizar el proceso.
Vacaciones:
Otro error común es preguntar acerca de la política de vacaciones de la empresa, ya que nadie quiere a un trabajador que en el primer día ya piensa en tomarse días libres.
Beneficios:
Está mal visto que se pregunte si la empresa brinda beneficios, ya que la compañía considera esto como un plus, no una obligación. También está prohibido cuestionar aspectos como si se harán horas extras o no, o si se tiene previsto trabajar algunos fines de semana.
¿Qué hace la empresa?
Si la idea es venderse como un trabajador que la empresa quisiera tener, la idea es que sepas qué hace la compañía, por lo cual es obligatorio prepararse bien y por ningún motivo preguntar ¿Qué hace la empresa?
¿Cuándo, cuándo, cuándo?
Al finalizar la entrevista, de forma común se informa que nos llamarán para otro proceso, o bien contactarán con nosotros en caso de ser finalmente seleccionados. Sin embargo, algunas personas, equivocadamente, creen que es correcto lanzar la pregunta: "¿Cuándo lo sabré?".
Esto es un error claro, dado que induce a pensar que tenemos prisa para conseguir el puesto, lo que indica cierta ansiedad y desespero. Si así es, y quiere preguntar, diga algo como "¿Suele haber otra ronda de entrevistas antes de la selección final?".
Aunque estos son los principales cuestionamientos, también cabe resaltar que interrogar al entrevistador acerca del tiempo que se espera para ser promocionado, querer saber si le ha gustado nuestro currículum, y en general, preguntar cualquier otra cuestión que pueda ser resuelta simplemente mirando por Internet o que pueda comprometer a la empresa, son otros asuntos que se debería evitar comentar en cualquier entrevista de trabajo
Lo que debe saber sobre las conciliaciones
visite nuestra pagina de facebook.
Conozca para qué se utiliza y cuáles son los asuntos conciliables que están legalmente establecidos.
El Ministerio de Trabajo dio respuesta a una serie de preguntas que se hacen habitualmente sobre la conciliación laboral.
¿Qué son las conciliaciones?
Es el mecanismo que utilizan las partes de un conflicto para llegar a un acuerdo que evita que éstas acudan ante una jurisdicción laboral. Se clasifica en conciliación judicial y extrajudicial. La conciliación laboral en derecho puede ser judicial o extrajudicial; pudiéndose intentar en cualquier tiempo, antes o después de presentarse la demanda (art. 19 CPTSS)”.
¿Cuáles asuntos son conciliables?
Los asuntos que son conciliables en derecho laboral son:
• Conciliables todos los asuntos susceptibles de transacción, desistimiento y conciliación.
• Todos los conflictos jurídicos de trabajo que se tramitan como procesos ordinarios de única o de primera instancia.
• Acoso laboral y otros hostigamientos.
• Cuando los hechos no son claros, ejemplo justa causa para la terminación unilateral del contrato de trabajo o accidente de trabajo donde no se precisan las circunstancias de tiempo, modo o lugar;
• Sobre las consecuencias del despido cuando se tramita un contrato conflicto colectivo: reintegro o indemnización. Cuando el nacimiento del derecho está supeditado al cumplimiento de un plazo o condición, ejemplo pensión (edad y tiempo de servicio)
• Cuando existe una circunstancia que impide su nacimiento o exigibilidad. Ejemplo la prescripción.
¿Cuáles asuntos no son conciliables?
Asuntos que no son conciliables:
• Derechos ciertos e indiscutibles;
• Materias no transigibles, no desistibles, ni conciliables;
• Derechos adquiridos;
• Derechos inexistentes;
• Derechos de terceros,
• Cuando existe cosa juzga y
• Sobre normas de orden público.
Contratos de trabajo – modalidades. "el dinero"
¿Qué son las conciliaciones?
Es el mecanismo que utilizan las partes de un conflicto para llegar a un acuerdo que evita que éstas acudan ante una jurisdicción laboral. Se clasifica en conciliación judicial y extrajudicial. La conciliación laboral en derecho puede ser judicial o extrajudicial; pudiéndose intentar en cualquier tiempo, antes o después de presentarse la demanda (art. 19 CPTSS)”.
¿Cuáles asuntos son conciliables?
Los asuntos que son conciliables en derecho laboral son:
• Conciliables todos los asuntos susceptibles de transacción, desistimiento y conciliación.
• Todos los conflictos jurídicos de trabajo que se tramitan como procesos ordinarios de única o de primera instancia.
• Acoso laboral y otros hostigamientos.
• Cuando los hechos no son claros, ejemplo justa causa para la terminación unilateral del contrato de trabajo o accidente de trabajo donde no se precisan las circunstancias de tiempo, modo o lugar;
• Sobre las consecuencias del despido cuando se tramita un contrato conflicto colectivo: reintegro o indemnización. Cuando el nacimiento del derecho está supeditado al cumplimiento de un plazo o condición, ejemplo pensión (edad y tiempo de servicio)
• Cuando existe una circunstancia que impide su nacimiento o exigibilidad. Ejemplo la prescripción.
¿Cuáles asuntos no son conciliables?
Asuntos que no son conciliables:
• Derechos ciertos e indiscutibles;
• Materias no transigibles, no desistibles, ni conciliables;
• Derechos adquiridos;
• Derechos inexistentes;
• Derechos de terceros,
• Cuando existe cosa juzga y
• Sobre normas de orden público.
Contratos de trabajo – modalidades. "el dinero"
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