dura lex sed lex

miércoles, 6 de noviembre de 2013

Estabilidad laboral reforzada aplica a quienes no tienen calificación porcentual de discapacidad



Las personas que sufrieron un accidente de trabajo que afectó su estado de salud tienen derecho a la estabilidad laboral reforzada, aunque no tengan una calificación porcentual de invalidez.

Así lo advirtió la Corte Constitucional, al reiterar que basta con probar que su situación les impide o dificulta desempeñar sus labores en condiciones regulares.

En un fallo de tutela publicado recientemente, la corporación explicó que la desvinculación no puede obedecer a argumentos meramente legales, como el despido sin justa causa, porque esas personas son sujetos de especial protección constitucional.

Por el contrario, se deben buscar alternativas de inclusión y continuidad en el empleo, como la reubicación y capacitación, que, de no ser posibles, exige solicitar la autorización previa del Ministerio de Trabajo y el pago de la indemnización respectiva. 

(Corte Constitucional, Sentencia T- 190, mar. 12/12, M. P. Mauricio González)

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